ENTIDAD
LOCAL MENOR DE LABARCES, VALDÁLIGA, (CANTABRIA)
Acta
de la Sesión
Ordinaria celebrada por la
Junta Vecinal de Labarces
el día
23 de octubre de 2015.
En
el Local de la Junta
Vecinal de Labarces. Siendo las 21:00 horas, previa citación y convocatoria
cursada bajo la
Presidencia del Sr. Presidente Ivón Entrecanales Baratey, se reunieron los siguientes vocales:
D. José Luis
Sánchez
Arce, D. Manuel Alonso Abascal , D. Jesús Aparicio Díaz
Quijano y D.Luis Vázquez
Cotera.
Actuando
como Secretario D. Alberto Sánchez
Sánchez.
Declara
válidamente
constituida la Junta
Vecinal , el Sr. Presidente declaró abierta
esta Sesión
Ordinaria, que se celebra en 1a convocatoria, dándose lectura al
orden del día
y adoptándose
a continuación
los siguientes acuerdos:
Nº 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Se
aprueba por unanimidad el acta anterior.
Nº
2.- FACTURAS A PAGAR
Se aprueba pagar las siguientes facturas:
- Electricidad Escobedo.. 8 €.
- Devasa….319,68 €.
- José Luis Sanchez (materiales
cuadros…)…108,19 €.
- Desbroroiz S.L…..2.372,81 €.
- Centro Comercial Viveda…4,20 €.
- I.B.I. …2408,99 €,
- Ayuntamiento de Valdáliga (segundo
pago Inventario)…4.000 €.
- Ayuntamiento de Valdáliga (pago
final de asfaltado)……20.000 €.
No 3.- REVISIÓN DE LAS FACTURAS DEL I.B.I.
ACUERDO VI. RELATIVO
AL COBRO DE I.B.I. SOBRE BIENES DE DOMINIO PÚBLICO.
Habiéndose
percatado esta Junta Vecinal que se le están girando recibos relativos al
Impuesto de Bienes Inmuebles de bienes
de dominio público, exentos de ser gravados por tratarse de bienes afectos a
algún servicio o uso público, la Junta
Vecinal acuerda:
Primero.-
Poner en conocimiento del Gobierno de Cantabria este hecho puesto que, si bien
es cierto que se trata de un impuesto local conforme a la Ley de Haciendas Locales, es
el Gobierno autonómico quien se encarga de recaudar dicho tributo.
Segundo.-
Poner en conocimiento de la Gerencia
Regional del Catastro que en el polígono 33 parcela 30,
(dique de la mina) no existe ningún tipo de edificación, puesto que las
existentes fueron demolidas por AZSA, empresa concesionaria del terreno, antes
de que revirtiese el mismo a la
Junta Vecinal.
No 4.- ARRENDAMIENTO
VIVIENDA A LUISA VÁZQUEZ GUTIÉRREZ
Acuerdo Nº VII. Relativo a la instancia presentada por doña
Luisa Vázquez solicitando alquilar la vivienda situada en el barrio de Caviña
nº 22 de Labarces perteneciente a esta Junta Vecinal, como segunda residencia.
Vista
la instancia de fecha de 30 de septiembre de 2015 presentada por doña Luisa
Vázquez Gutiérrez quien ha solicitado a la Junta Vecinal de Labarces en
régimen de alquiler la vivienda nº 22 perteneciente a esta Junta Vecinal como
segunda residencia decir que:
En
la citada vivienda residió su madre desde 1963 hasta su fallecimiento y en la
actualidad la viene poseyendo en concepto de precarista.
Así
mismo la Junta Vecinal
estima adecuado ponerla en arrendamiento, puesto que con las rentas obtenidas
puede hacerse frente a las obligaciones de conservar el patrimonio establecidas
en el art. 4 de la ley 6/1994 de entidades locales menores de Cantabria.
Además
teniendo en cuenta el art. 107 de la ley 33/2003 y el 92 Real Decreto
1372/1986, de 13 de junio, el cual regula la utilización de los bienes
patrimoniales de las Entidades Locales, y establece que el procedimiento de
preparación de estos contratos es el de la ley de contratos del sector público,
y la adjudicación es directa, por los siguientes motivos:
Primero,
por no superar el 5 % de los ingresos ordinarios de la Junta Vecinal.
Segundo,
por la limitación de la demanda, la junta posee varios edificios, viviendas y
locales vacíos y no ha habido interés por ninguno de ellos por parte de los
particulares.
Tercero, teniendo en cuenta la corta duración del
periodo de arrendamiento, 1 año, junto
con que la interesada viene poseyendo el bien en concepto de precarista desde
el fallecimiento de su madre, quien ya fuese también precarista de la vivienda,
y teniendo en consideración como manifiesta que está interesada en comprar el
inmueble y solo quiere arrendarlo para mantener en el los bienes personales que
allí acumula en lo que dura la tramitación del expediente de venta.
Por todo lo expuesto esta Junta
Vecinal acuerda conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de
junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales,
suscribir, por la Junta
Vecinal de Labarces, en su condición de propietaria de las
mismas, un contrato de arrendamiento con doña Luisa Vázquez Gutiérrez con DNI XX.XXX.XXX.X pasando a ser ésta arrendataria de la siguiente vivienda situada en el barrio
de Caviña o también conocido como La Florida
N º 22 y referencia
catastral 003404400UN89F0001MX y 003404600UN89F0001KX
Condiciones del contrato
de arrendamiento (no publicamos por la Ley de Protección de datos)
No
5.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO 2015.
Habiendo transcurrido 15 días hábiles
desde la publicación en el BOC del presupuesto inicial 2015 de la Junta Vecinal
de Labarces y no habiendo recibido ningún tipo de reclamaciones queda aprobado
el presupuesto definitivo del 2015.
No 6. CONSTRUCCIÓN DE BANCO Y FUENTE PUEBLO DE
LABARCES
Se aprueba la construcción por parte del Ayuntamiento de un banco
e instalación de una fuente en el pueblo de Labarces, zona dónde vive Ricardo
Gutiérrez, Carlos González.
No 7. RUEGOS Y PREGUNTAS
Abierto el turno de ruegos y preguntas no se planteó ninguna.
Siendo las 22.15 horas, se extiende la presente acta que
firma el Sr. Presidente, conmigo el Secretario, de todo lo cual certifico.
Vo. Bo.
PRESIDENTE Vo.
Bo. SECRETARIO
Ivón
Entrecanales Baratey
Alberto Sánchez Sánchez