viernes, 27 de noviembre de 2015

ENTIDAD LOCAL MENOR DE LABARCES, VALDÁLIGA, (CANTABRIA)
Acta de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta Vecinal de Labarces  el día 23 de octubre de 2015.
En el Local de la Junta Vecinal de Labarces. Siendo las 21:00 horas, previa citación y convocatoria cursada bajo la Presidencia del Sr. Presidente Ivón Entrecanales  Baratey, se reunieron los siguientes vocales: D. José Luis Sánchez Arce, D. Manuel Alonso Abascal , D. Jesús Aparicio Díaz Quijano y D.Luis Vázquez Cotera.
Actuando como Secretario  D. Alberto Sánchez Sánchez.
Declara válidamente constituida la Junta Vecinal, el Sr. Presidente declaró abierta esta Sesión Ordinaria, que se celebra en 1a convocatoria, dándose lectura al orden del día y adoptándose a continuación los siguientes acuerdos:
Nº 1.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACTA DE LA SESIÓN ANTERIOR.
Se aprueba por unanimidad el acta anterior.
Nº 2.- FACTURAS A PAGAR
Se aprueba pagar las  siguientes facturas:
-  Electricidad Escobedo.. 8 €.
- Devasa….319,68 €.
- José Luis Sanchez (materiales cuadros…)…108,19 €.
- Desbroroiz S.L…..2.372,81 €.
- Centro Comercial Viveda…4,20 €.
- I.B.I. …2408,99 €,
- Ayuntamiento de Valdáliga (segundo pago Inventario)…4.000 €.
- Ayuntamiento de Valdáliga (pago final de asfaltado)……20.000 €.



No 3.-  REVISIÓN DE LAS FACTURAS DEL I.B.I.

ACUERDO VI.  RELATIVO AL COBRO DE I.B.I. SOBRE BIENES DE DOMINIO PÚBLICO.

Habiéndose percatado esta Junta Vecinal que se le están girando recibos relativos al Impuesto de Bienes Inmuebles  de bienes de dominio público, exentos de ser gravados por tratarse de bienes afectos a algún servicio o uso público, la Junta Vecinal acuerda:

Primero.- Poner en conocimiento del Gobierno de Cantabria este hecho puesto que, si bien es cierto que se trata de un impuesto local conforme a la Ley de Haciendas Locales, es el Gobierno autonómico quien se encarga de recaudar dicho tributo.

Segundo.- Poner en conocimiento de la Gerencia Regional del Catastro que en el polígono 33 parcela 30, (dique de la mina) no existe ningún tipo de edificación, puesto que las existentes fueron demolidas por AZSA, empresa concesionaria del terreno, antes de que revirtiese el mismo a la Junta Vecinal.





No 4.- ARRENDAMIENTO VIVIENDA A LUISA VÁZQUEZ GUTIÉRREZ

 Acuerdo Nº VII.  Relativo a la instancia presentada por doña Luisa Vázquez solicitando alquilar la vivienda situada en el barrio de Caviña nº 22 de Labarces perteneciente a esta Junta Vecinal, como segunda residencia.

Vista la instancia de fecha de 30 de septiembre de 2015 presentada por doña Luisa Vázquez Gutiérrez quien ha solicitado a la Junta Vecinal de Labarces en régimen de alquiler la vivienda nº 22 perteneciente a esta Junta Vecinal como segunda residencia decir que:

En la citada vivienda residió su madre desde 1963 hasta su fallecimiento y en la actualidad la viene poseyendo en concepto de precarista.

Así mismo la Junta Vecinal estima adecuado ponerla en arrendamiento, puesto que con las rentas obtenidas puede hacerse frente a las obligaciones de conservar el patrimonio establecidas en el art. 4 de la ley 6/1994 de entidades locales menores de Cantabria.

Además teniendo en cuenta el art. 107 de la ley 33/2003 y el 92 Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, el cual regula la utilización de los bienes patrimoniales de las Entidades Locales, y establece que el procedimiento de preparación de estos contratos es el de la ley de contratos del sector público, y la adjudicación es directa, por los siguientes motivos:
Primero, por no superar el 5 % de los ingresos ordinarios de la Junta Vecinal.

Segundo, por la limitación de la demanda, la junta posee varios edificios, viviendas y locales vacíos y no ha habido interés por ninguno de ellos por parte de los particulares.

Tercero,  teniendo en cuenta la corta duración del periodo de arrendamiento, 1 año,  junto con que la interesada viene poseyendo el bien en concepto de precarista desde el fallecimiento de su madre, quien ya fuese también precarista de la vivienda, y teniendo en consideración como manifiesta que está interesada en comprar el inmueble y solo quiere arrendarlo para mantener en el los bienes personales que allí acumula en lo que dura la tramitación del expediente de venta.

Por todo lo expuesto esta Junta Vecinal acuerda conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, suscribir, por la Junta Vecinal de Labarces, en su condición de propietaria de las mismas, un contrato de arrendamiento con doña Luisa Vázquez Gutiérrez con DNI XX.XXX.XXX.X pasando a ser ésta arrendataria de la siguiente vivienda situada en el barrio de Caviña o también conocido como La Florida Nº 22  y referencia catastral 003404400UN89F0001MX y  003404600UN89F0001KX


Condiciones del contrato de arrendamiento (no publicamos por la Ley de Protección de datos)

No 5.- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO 2015.
Habiendo transcurrido 15 días hábiles desde la publicación en el BOC del presupuesto inicial 2015 de la Junta Vecinal de Labarces y no habiendo recibido ningún tipo de reclamaciones queda aprobado el presupuesto definitivo del 2015.

No 6. CONSTRUCCIÓN DE BANCO Y FUENTE PUEBLO DE LABARCES
Se aprueba la construcción por parte del Ayuntamiento de un banco e instalación de una fuente en el pueblo de Labarces, zona dónde vive Ricardo Gutiérrez, Carlos González.

No 7. RUEGOS Y PREGUNTAS

Abierto el turno de ruegos y preguntas  no se  planteó ninguna.



Siendo las 22.15 horas, se extiende  la presente acta que firma el Sr. Presidente, conmigo el Secretario, de todo lo cual certifico.
Vo. Bo. PRESIDENTE                           Vo. Bo. SECRETARIO


Ivón Entrecanales Baratey                      Alberto Sánchez Sánchez